La Comisión de Regulación de Energía y Gas exige que todos los cilindros estén etiquetados.
Todo cilindro de gas licuado de petróleo (GLP) que no esté marcado con el nombre del comercializador o distribuidor que lo suministró deberá ser destruido, sin importar si está lleno o vacío.
Esto, debido a la resolución 164 del 2014, emitida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas, Creg, que prohíbe el uso de los llamados cilindros universales remanentes, que son precisamente estos que no tienen marca.
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Todo cilindro de gas licuado de petróleo (GLP) que no esté marcado con el nombre del comercializador o distribuidor que lo suministró deberá ser destruido, sin importar si está lleno o vacío.
Esto, debido a la resolución 164 del 2014, emitida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas, Creg, que prohíbe el uso de los llamados cilindros universales remanentes, que son precisamente estos que no tienen marca.
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